sábado, 23 de febrero de 2013

Es posible retractarse del allanamiento, si se expresan y prueban las razones que la justifican.

Nueva variación jurisprudencial de la Corte respecto de la posibilidad de retractación del allanamiento. Ahora se exige fundamentación de la causal de retracto.

http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(20-02-13)/39707(13-02-13).pdf

sábado, 2 de febrero de 2013

Persona afectada por delito contra la administración de justicia también puede constituirse en víctima dentro del proceso penal.

Corte Suprema confirma decisión de Tribunal de admitir como víctima a una persona que padeció perjuicios por la presunta comisión de delitos contra la Administración de Justicia.

http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(29-01-13)/39815(12-12-12).pdf

Corte Suprema reitera prevalencia de la prohibición de reformapeyorativa sobre el principio de legalidad de la pena.

Nuevamente la Sala Penal CASA una sentencia proferida por un Tribunal, que implicó violación a la garantía constitucional de No Reformatio in Pejus. Hubo un salvamento de voto.

http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(29-01-13)/35487(12-12-12).pdf

El Defensor de Familia carece de interés para interponer la Casación.

La Sala Penal de la Corte Suprema señala que en los procesos por Responsabilidad Penal para Adolescentes, conforme las Leyes 1098 y 906, el Defensor de Familia carece de legitimación para recurrir en Casación.


http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(29-01--13)/REPORTE%2040187(10-12-12).pdf

viernes, 18 de enero de 2013

El agente retenedor no es empleado público.

Agente retenedor no es empleado público, por lo que no aplica el aumento de una tercera parte en el cómputo de los términos de prescripción.

http://www.usergioarboleda.edu.co/derecho_penal/jurisprudencia_2010/jurisprudencia_cuarto_trimestre_2010/33605(18-11-10).doc

Fundamento de la responsabilidad de las empresas de transporte enhomicidios en accidente de tránsito.

Reitera la Corte Suprema los postulados sobre los que descansa la responsabilidad de las empresas a las que se encuentran afiliados los vehículos con los que se causa homicidio en accidente de tránsito.

http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(24-07-12)/35558(27-06-12).pdf

jueves, 17 de enero de 2013

De la contabilización del término de prescripción de la reclamación a la Aseguradora en los accidentes de tránsito.

La Corte explica la forma en que debe contabilizarse el término de prescripción de la acción de reclamación a la Aseguradora en los Homicidios en Accidente de Tránsito, bajo las normas de la Ley 600 de 2000.


http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(20-09-12)/39709(29-08-12).pdf

Responsabilidad de las empresas de leasing respecto de los vehículos explotados económicamente por el Locatario.

Las empresas de Leasing no tienen responsabilidad solidaria por los daños causados con vehículos cuya tenencia y explotación está en cabeza del locatario.

http://www.usergioarboleda.edu.co/derecho_penal/jurisprudencia_2010/jurisprudencia_cuarto_trimestre_2010/34819(04-11-10).DOC

miércoles, 16 de enero de 2013

Prescripción. Interrupción en segunda instancia. Momento en que se entiende dictado el fallo de segunda instancia.

Prescripción. Forma de contabilizar el término e interrupción en segunda instancia.
Cuando la apelación de la sentencia la decide un juez colegiado, la sentencia se entiende proferida cuando la Sala aprueba el proyecto del fallo, y ese día se interrumpe el término prescriptivo, así la lectura del fallo sea posterior a la fecha en que ocurriría la prescripción.

http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Novedades/Archivo/Penal/38467(14-08-12).pdf

Requisitos para que proceda la nulidad por afectación del Principio de Inmediación.

La Sala Penal varía su postura sobre la importancia del Principio de Inmediación y establece parámetros para que proceda la nulidad por cambio del juez que presenció la práctica de las pruebas.

http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Novedades/Archivo/Penal/38512(12-12-12).pdf