sábado, 2 de febrero de 2013

El Defensor de Familia carece de interés para interponer la Casación.

La Sala Penal de la Corte Suprema señala que en los procesos por Responsabilidad Penal para Adolescentes, conforme las Leyes 1098 y 906, el Defensor de Familia carece de legitimación para recurrir en Casación.


http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(29-01--13)/REPORTE%2040187(10-12-12).pdf

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