Alcance normativo del precedente jurisprudencial. Obligatoriedad. Forma de poderse apartar.
La Corte reitera que los precedentes jurisprudenciales son obligatorios, tienen fuerza normativa y sólo puede un funcionario apartarse de ellos siempre que relacione y explique fundada y adecuadamente los motivos por los que su decisión no atiende los postulados sentados por la jurisprudencia.
http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(24-04-13)/39456(10-04-13).pdf
lunes, 29 de abril de 2013
martes, 23 de abril de 2013
Sentencia hito. Diferencias entre Dolo Eventual y Culpa conRepresentación en accidentes de tránsito.
A partir de esta sentencia cobró vigor la teoría del dolo eventual en los accidentes de tránsito cuando el conductor ha consumido licor.
Se diferencian el dolo eventual y la culpa con representación.
Caso del piloto en la avenida Pepe Sierra con Avenida 19.
En este enlace la sentencia completa.
Se diferencian el dolo eventual y la culpa con representación.
Caso del piloto en la avenida Pepe Sierra con Avenida 19.
En este enlace la sentencia completa.
jueves, 18 de abril de 2013
Características de la expresión "inmediatamente" del artículo 302 de la Ley 906/04.
La Corte enfatiza el significado y alcance de la expresión "inmediatamente", del artículo 302 del C.P.P., en los casos de captura en flagrancia.
http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(10-04-13)/37992(06-03-13).pdf
http://190.24.134.121/webcsj/Documentos/Penal/Providencias/BOLETIN(10-04-13)/37992(06-03-13).pdf
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